PROPUESTA DE MEJORA VIAL EN LA VÍA SACRA DE HIGÜEY: DEVOCIÓN CON UNA MOVILIDAD EFICIENTE.


En los últimos días, ha sido materia de debate el funcionamiento vial de la calle Agustín Guerrero, de la ciudad Salvaleón de Higüey, justo en el tramo de la recién construida “Vía Sacra”, dadas las quejas de muchos ciudadanos ante la falta de parqueos y la estrechez de la misma. Esto ha movido a que diversos sectores auspicien una propuesta de discusión sobre el tema, y en donde algunos consideran que el cambio a un solo sentido, pareciera la mejor opción.

¿Debería la Vía Sacra funcionar en un solo sentido, o en dos?

Para determinar si una vía debe ser de un solo sentido o de doble sentido, se deben considerar varios criterios técnicos. En nuestro caso, lo haremos aplicado al análisis de la pregunta en cuestión.

NORMATIVAS Y REGULACIONES EN NUESTRO PAÍS.

Lo primero que se debe hacer, es tomar en cuenta las normativas y especificaciones en la materia, de nuestro país, mismas que se encuentran en diferentes documentos oficiales dependiendo del tipo de vía y su función; Para este análisis, he consultado el Manual de Diseño Geométrico de Carreteras del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), las directrices establecidas en la Ley 675 sobre urbanización, ornato público y construcciones, y que cabe resaltar, que para calles residenciales contempla que el ancho se calcula según el número de filas de automóviles, asignando 2.50 metros por cada fila; El Reglamento para Estacionamiento Vehicular en Edificaciones, del Ministerio de Vivienda de La República Dominicana (MIVED), y la Ley 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana.

Otros criterios técnicos importantes.


1. Capacidad y Flujo Vehicular.


Demanda de tráfico: Si el volumen vehicular es alto, especialmente en zonas céntricas, lo más recomendable, es que una vía en cuestión, sea de un solo sentido.

Capacidad de la vía: Calles estrechas suelen funcionar mejor con un solo sentido para evitar congestión y conflictos de paso.


2. Seguridad Vial: 


•Reducción de interacciones peligrosas: Vías de un solo sentido minimizan interacciones peligrosas, como giros a la izquierda y cruces conflictivos.


3. Características Geométricas


Ancho de la vía: Si la vía tiene menos de 6 metros, debería ser de un solo sentido. Para dos sentidos, se requiere al menos 7-8 metros para permitir maniobras seguras. 



Ancho en metros de la Vía Sacra.


4. Conectividad y Flujo Urbano.


Integración con la red vial: Hay que evaluar cómo la vía se conecta con otras calles para evitar congestión en intersecciones.


• Zonas de acceso: En zonas con alta densidad de accesos vehiculares, como: comercios, instituciones, etc. es preferible tener vías en un solo sentido.


5. Movilidad Peatonal.



• Seguridad peatonal: En zonas con alto flujo de peatones (y para lo que está diseñada la Vía Sacra), orientar la vía en un sentido, sería más beneficioso.



CONSIDERACIONES.



Por lo general, las calles de un solo sentido en zonas céntricas, sirven para mejorar la fluidez y ordenar el estacionamiento, mientras que en las avenidas principales, es preferible el doble sentido, para soportar mayor capacidad de tráfico.


No menos importante, resulta “definir el sentido más eficiente”, y para esto se debe analizar cuál dirección facilita mejor la movilidad y las conexiones con otras calles.


Con respecto al tema de los estacionamientos, en calles estrechas, la unidireccionalidad hace posible estacionar mayor cantidad de vehículos dentro de la vía. Según la Ley 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana, el estacionamiento en calles de una sola vía debe realizarse en el lado derecho de la vía, en el mismo sentido de la circulación, salvo que existan normativas especiales de estacionamiento, las cuales, en plena facultad, puede establecer el ayuntamiento.



LA PROPUESTA.



En nuestro caso, he tomado como punto de partida y referencia jerárquica, el acceso principal a la ciudad, el cual se produce en el sentido sur- norte, desde las vías interconectadas en modo contínuo: Avenida Altagracia - avenida Hermanos Trejo y avenida Laguna Llana, misma que franquea el frente del principal templo de la la ciudad: La Basílica, y cuya puerta principal es el elemento perpendicular a la Vía Sacra, que te invita intuitivamente a accesar por la misma.


Acceso principal a la ciudad; Avenida Laguna Llana, sentido sur - norte.


Por tanto, la calle Agustín Guerrero, (tramo de la Vía Sacra), debería someterse a un plan piloto de funcionamiento en un solo sentido, preferiblemente oeste - este (desde la av. Laguna Llana hasta la calle Canónigo Montás Ureńa
(hasta aquí, para que los conductores que vienen en la calle Agustín Guerro, dirección este - oeste, puedan tener la opción de girar a la derecha);
  Con excepción del cuerpo de Bomberos, cuyos vehículos podrían salir haciendo un giro a la derecha, si es necesario. Esto, de lunes a viernes, desde las 7:00am y hasta las 4:00pm, hora en que ya están cerradas la mayoría de instituciones públicas, y en que cierra una parte del comercio del entorno con más demanda de tráfico, como son los bancos. 


Calle Agustín Guerrero, propuesta de acceso hacia la Vía Sacra, sentido oeste - este.


Esta orientación permitiría un uso óptimo de esta vía, la cual mantendría una fluidez permanente al eliminar la necesidad de la semáforización perpendicular a esta (necesario, en caso de que la circulación se produjera en sentido contrario), evitando así tapones o embotellamientos.



Vía Sacra; Luz de semáforo perpendicular que quedaría en desuso, durante el horario propuesto.



 LA FUNCIÓN ESTACIONAR.


Los estacionamientos, contrario a lo que señala la ley en cuestión, bajo normativa del ayuntamiento, deberían realizarse del lado izquierdo de la vía, con excepción del tramo que queda justo en frente al Cuerpo de Bomberos, en donde no se debe estacionar. Esta medida, buscaría aprovechar los espacios para estacionamientos existentes, y que ahora brindarían mayor amplitud para la circulación vehicular.


Sin embargo, como remedio a corto plazo, no se puede descartar la posibilidad de gestionar espacios cercanos para evitar congestión, y aumentar la capacidad de estos. Además, hay que prever una señalización clara, para informar a los conductores del cambio y evitar confusiones.


  PROHIBICIONES. 


Prohibir paso de transporte público, como: Guagüitas, motocicletas de tres ruedas, y vehículos pesados. Esta medida sería de carácter permanente.


VENTAJAS Y BENEFICIOS.


Se eliminaría automáticamente, el uso del semáforo ubicado en la perpendicular de la calle Agustín Guerrero, con la avenida Laguna Llana (Solo para quienes quieran accesar a la Vía Sacra, pudiendo hacer un giro a la derecha, en el sentido sur - norte). 


Además, también quedaría en desuso para la circulación vehicular de la av. Laguna Llana, en el sentido norte - sur, del carril de la derecha, o el que corre paralelo a la parte frontal de la basílica; No así para el carril izquierdo, el cual se utilizaría para girar a la izquierda en caso de que se quiera tomar la calle Agustín Guerrero (Vía Sacra), así como tampoco para la circulación vehicular de esta avenida, en el sentido sur - norte. Esto permitiría mayor fluidez del tránsito de esta zona en general.


Circulación vehicular de la avenida Laguna Llana, sentido norte - sur.

✅ Fluidez del tránsito: Se evitarían maniobras difíciles, especialmente en horas de alta afluencia.


✅ 
Más espacio para estacionamiento.


✅ 
Menos congestión: se evitaría el problema de dos vehículos tratando de pasar al mismo tiempo en una vía de tan solo 6 metros.


CONCLUSIÓN.

Para concluir, es bueno que se entienda que todo el funcionamiento antes descrito, solo sería durante el horario y los días propuestos, (con excepción de las prohibiciones, que serían de carácter permanente), después de cumplido estos, la vía en cuestión podría funcionar en doble sentido.



CONSULTAS.


  • Manual de Diseño Geométrico de Carreteras del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC).
  • Ley 675 sobre urbanización, ornato público y construcciones.
  • Reglamento para Estacionamiento Vehicular en Edificaciones, del Ministerio de Vivienda de La República Dominicana (MIVED).
  • Ley 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana.



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